Capítulo 1: El Plan
Total
CONSTITUCIÓN DEL SERVICIO DE EDUCACIÓN
CRISTIANA
ARTÍCULO 4 - FORMA
DE GOBIERNO
4.1 AUTORIDAD DEL DIRECTORIO
4.1.1 El Directorio en sessión es la
autoridad máxima del SEC.
4.1.2 La Comisión Administrativa estará a cargo de proponer y
ejecutar las decisiones del Directorio en sessión.
4.2 SESIONES DEL DIRECTORIO COMITÉ
4.2.1 El Directorio tendrá sesiones
ordinarias cada tres años, las que llevarán el nombre de
Asamblea Trienal.
4.2.2 El Directorio tendrá sesiones extraordinarias cada vez que
el Presidente del mismo las convoque, por considerarlo oportuno,
o bien por pedido a éste de los dos tercios de los delegados de
los países que hayan asistido a la Asamblea Trienal anterior.
4.2.3 La convocatoria a las sesiones se hará, indistintamente de
las fechas acordadas, con un mínimo de 180 días de anticipación
por correo convencional, correo electrónico o fax.
4.2.4 El quórum del Directorio estará formado por:
4.2.4.1 Dos tercios de los integrantes de
la Comisión Administrativa del SEC.
4.2.4.2 La representación de siete países por el área de CELAD
con por lo menos un Delegado por país.
4.2.4.3 La representación de tres países por el área de CADSA
con por lo menos un Delegado por país.
4.2.5 Privilegios en las sesiones
4.2.5.1 Cada integrante del quórum tendrá
voz y voto.
4.2.5.2 Los Delegados Fraternales tendrán voz sin voto.
4.2.5.3 Los Observadores no tendrán voz, al menos que la
Asamblea se lo solicite por tiempo limitado, pero no tendrán
voto.
4.2.5.4 Los integrantes de la Comisión Administrativa votarán en
función de los tales, pero no votarán en calidad de delegados de
su país.
4.2.6 Se conducirán las reuniones del
Directorio conforme a las reglas parlamentarias, es decir con
propuesta secundada y aprobación de la mitad más uno.
4.2.7 Toda decisión del Directorio constará en actas.
4.3 LA COMISIÓN ADMINISTRATIVA
4.3.1 La Comisión Administrativa tendrá
reuniones ordinarias cada año.
4.3.2 La Comisión Administrativa tendrá reuniones
extraordinarias cada vez que el Presidente de la misma las
convoque, por considerarlo oportuno, o bien por pedido a ésta de
los dos tercios de los integrantes de la misma.
4.3.3 El quórum de la Comisión Administrativa estará formado por
dos tercios de los integrantes de la misma.
4.3.4 En caso que el Coordinador y/o el Coordinador Adjunto sea
Presidente de la comisión de algún nivel o servicio auxiliar
deberá asistir en su lugar algún otro integrante de la comisión
del nivel o servicio afectado.
4.3.5 Los presidentes de CADSA, CELAD y el Director Regional de
MMAD asistirán a las reuniones de la Comisión Administrativa del
SEC en calidad de miembros ex oficio a sus propias costas.
4.3.6 La Facultad, el ISUM, el Nivel Ministerial y el Nivel
Iglesia Local pueden ser representados por un miembro adicional,
pero en calidad de observador, sin voz ni voto y bajo sus
propias costas.
4.4 NOMBRAMIENTOS Y ELECCIONES
4.4.1 Los miembros de la Comisión
Administrativa
4.4.1.1 La Comisión Administrativa en
función nombrará los candidatos, sean éstos latinoamericanos o
pertenezcan a la MMAD, en consulta con sus directivos
correspondientes.
4.4.1.1.1 Se presentará una balota de
nominación que incluirá los puestos y nombres actuales de los
integrantes de la Comisión, menos el de los vocales y
Presidentes de CELAD y CADSA, y el del Director Regional de
MMAD.
4.4.1.1.2 Los candidatos que reciben la mitad más uno de la
votación en la balota de nominación o en las balotas
subsecuentes serán electos.
4.4.1.2 La nómina de candidatos será
enviada por correo ordinario, correo electrónico o fax a los
Superintendentes de cada país, junto con la agenda propuesta de
la Asamblea Trienal y los formularios de evaluación de las áreas
del SEC con no menos de 180 días de anticipación.
4.4.1.3 El candidato para cualquier puesto, menos el de los
vocales, Presidentes de CELAD y CADSA, el/los miembro/s ex
officio, debe ser ratificado por balota secreta y con la
aprobación de la mitad más uno en la próxima inmediata asamblea
trienal del Directorio y permanecerá en su cargo por tres años,
pudiendo ser renombrado. Los nombrados entrarán en funciones 30
días después de la asamblea trienal. En caso de no ser
ratificado, durará en su función hasta la próxima reunión de la
Comisión Administrativa, donde será reemplazado por quien ésta
designe ad referéndum de la siguiente Asamblea Trienal.
4.4.1.4 El Secretario y el Tesorero serán presentados por la
Comisión Administrativa del SEC a la Asamblea del Directorio, la
cual deberá ratificarlos con un mínimo de la mitad más uno de
los presentes por balota secreta.
4.4.1.5 Los vocales de la Comisión Administrativa serán elegidos
por balota secreta por el Comité de Educación Cristiana en su
sesión ordinaria cada tres años, necesitándose una mayoría de la
mitad más uno de los votantes. Los dos vocales, uno por CADSA y
otro por CELAD, deberán ser Superintendentes, Directores
Nacionales de Educación Cristiana o vocales anteriores. Serán
propuestos de la siguiente manera: Los Presidentes de CADSA y
CELAD presentarán una nómina de hasta tres candidatos
recomendados por cada una de sus regiones. Los mismos podrán
estar presentes o no en la Asamblea. La Asamblea podrá añadir
hasta dos nombres más por área de entre los presentes, sumando
así un máximo de cinco candidatos por región. Se celebrarán dos
votaciones, una por cada área de entre los nominados.
4.4.1.6 Cada integrante de la Comisión Administrativa podrá
nombrar sus adjuntos o colaboradores los cuales se elevarán a la
Comisión Administrativa del SEC para su ratificación,
entendiéndose que no formará parte de la misma.
4.4.2 Los Delegados de los países.
4.4.2.1 Los Superintendentes o quien les
represente durarán en su función mientras ocupen su cargo
nacional.
4.4.2.2 Los que no fuesen Superintendentes o el que mejor lo
represente, serán nombrados por la autoridad competente en cada
país de acuerdo a su usanza y durarán en su función por tres
años o mientras ocupen su cargo nacional.
4.4.3 PUESTO VACANTE
4.4.3.1 En caso de una vacante en la
Comisión Administrativa, la misma nombrará un reemplazo quien
funcionará hasta la próxima reunión trienal.
4.4.3.2 En caso de que la Comisión Administrativa no pueda
sesionarse, el Coordinador nombrará un reemplazo de calidad
provisional hasta la próxima reunión de la Comisión
Administrativa.